Una licencia software es la autorización por parte del titular de los derechos (el licenciante) a un tercero (licenciatario) para usarlo según las condiciones establecidas en un contrato (términos y condiciones establecidos en las cláusulas). Éste puede contener una serie de derechos, algunos básicos tales como la instalación y ejecución del software y que son comunes a todo tipo de licencias, y unas obligaciones, que en el caso del software propietario establece la prohibición de copia, modificación y distribución.
La función de una licencia es formalizar una relación a través de los siguientes términos:
- Establecer quien es el titular o licenciante de los derechos (autor, titular de los derechos o distribuidor) y quien el licenciatario (usuario final o profesional).
- Establecer un precio en base a ciertos criterios: gratuito, precio fijo, pago por uso, periódico, …
- Establecer un plazo de vigencia para la cesión de los derechos en los términos establecidos: perpetuo, indefinido, periódico renovable, …
- Definición de la exclusividad de explotación: zona geográfica, nicho de mercado, …
- Derechos cedidos. Pueden limitarse a instalación y ejecución, a otros tales como copia, modificación y distribución.
- Obligaciones (o limitaciones a los derechos cedidos). Los avisos de autoría y limitación de garantías y responsabilidades son comunes a prácticamente todas las licencias, si bien en otros puede limitarse la copia, modificación y distribución.
Desde el punto de vista del licenciante es necesario disponer de licencias de software …
Todo software debería tener una o varios tipos de licencia (según alcance, funcionalidad, responsabilidad, etc.). Aun en el caso de que el software fuera gratuito y altamente permisivo en cuanto a los derechos de copia, modificación y/o distribución, al menos, debería contener cláusulas de exención de responsabilidad por daños y perjuicios, con el fin de evitar posibles reclamaciones judiciales futuras.
Desde el punto de vista del usuario, también es necesario disponer de licencias de software…
Puesto que solo el autor o licenciante puede otorgar derechos de uso a su software, si no existe un permiso explícito de éste, el usuario estaría incurriendo en la violación de la propiedad intelectual del software.
Solo el software de dominio público, en el que el autor renuncia expresamente a los derechos de autor (o ha expirado tras los 70 años tras su muerte -no creo que se haya dado el caso todavía-), no requiere de licencia, pudiendo cualquiera hacer uso de él.
En cuanto a licencia propietaria y licencia libre…
Las diferencias principales del software con licencia propietaria con respecto al software libre, se basan en establecer las limitaciones a la copia, edición, modificación, distribución, descompilación e ingeniería inversa y número de copias. Son todo características restrictivas que no se dan en el software libre, aunque con matices. En el caso del software privativo, la finalidad última es garantizar la dependencia del proveedor.
(En el Master en Software Libre de Gestión: Open Source & ERP II, estamos analizando situaciones como la que aquí acabamos de mostrar).
Autor: Sergio Martínez
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